Código de Ética y Conducta

1. INTRODUCCIÓN

CORPORACION HODELPE S.A.C.; en calidad de ser una empresa dedicada a realizar perfiles empresariales de las organizaciones, y teniendo en cuenta su compromiso de desarrollar sus actividades basados en la confidencialidad de la información que nos proporcionan y en nuestros valores organizacionales, aprobó el presente código de ética y conducta, el cual será parte fundamental para la gestión y realización de todas las actividades de la organización. La empresa se compromete a desarrollar un Sistema de Gestión de Responsabilidad Social Empresarial al interior de la organización y una cultura organizacional regida por principios éticos y de integración, en lo económico, lo ambiental y lo social. Este Código de Ética y Conducta busca ser una norma para nuestro actuar, tanto dentro de la organización como fuera de ella y en las relaciones con nuestros clientes, proveedores, autoridades, comunidad.

2. OBJETO

El objeto de este Código de Ética y Conducta es definir y dar a conocer el conjunto de principios y reglas que deben regir el comportamiento de CORPORACION HODELPE S.A.C.; y de todos sus colaboradores, directivos y terceros en la realización de sus actividades, actuando de acuerdo con la legislación vigente.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este Código de Ética y Conducta aplica a todos los directivos y colaboradores de CORPORACION HODELPE S.A.C., esto incluye a todos los empleados, ejecutivos, directores, proveedores y terceros. Además, la empresa busca y promueve que sus proveedores y terceros en general, actúen de acuerdo con este Código. Por ello es de carácter obligatorio y de cumplimiento integral a partir de la fecha de su publicación.

4. PRINCIPIOS Y REGLAS BÁSICAS DE ACTUACIÓN

Este Código se ha construido sobre la base de nuestra Visión, Misión y Valores, así como sobre los principios que forman nuestro actuar empresarial.

A. Confidencialidad

  • Los colaboradores, directivos y terceros deben actuar con lealtad y atendiendo a la defensa de los intereses de la empresa. Así mismo, debe respetar la confidencialidad de la información y la privacidad de la empresa y de nuestros clientes.
  • Está absolutamente prohibido revelar cualquier información que no sea de conocimiento público en materias relacionadas con planes de negocios, información financiera, comercial, tecnológica, de clientes o proveedores, bases de datos y otras materias de igual relevancia.
  • La empresa respeta la información ((datos personales, evaluación del desempeño, remuneraciones, contratos, entre otros) de sus colaboradores y terceros solicitando la autorización de los mismos y cuidando la privacidad de cada persona.
  • Los diseños, marcas y, en general, todos los derechos de propiedad intelectual pertenecen a nuestra empresa, por lo que su uso está limitado al contexto laboral y sólo en favor de los intereses de la empresa.

B. Compromiso

  • Demostrar identificación con la empresa, conocer, comprender e interiorizar la Misión convirtiéndola en una respuesta conductual a cada evento que se da dentro de la empresa.
  • Conocer y cumplir los deberes y obligaciones del puesto que desempeñamos o responsabilidades adquiridas, con la normativa interna, procedimientos, plazos, entre otros.
  • Cumplir habitualmente, de manera cabal y confiable los compromisos con los clientes, sin que medien excusas para justificar su incumplimiento realizando un correcto desempeño.
  • Llevar a cabo las tareas asignadas con disposición, dedicación, empeño y determinación; yendo más allá de la obligación, apoyando y cooperando con los demás, incluso ante situaciones adversas, poniendo lo mejor de sí mismo, con sentido de propósito en favor del éxito de la empresa.
  • Los colaboradores deben cumplir con la asistencia y ser puntuales en el horario de trabajo. 
  • Los colaboradores y terceros buscaran dar respuestas oportunas a cualquier reclamo, petición o sugerencia por parte de nuestros consumidores o clientes.
  • Nos comprometemos con los derechos de todos los miembros de nuestra organización, generando un clima laboral sano, que incentive el comportamiento íntegro y un ambiente de confianza en el que la gente se sienta cómoda para hacer preguntas y denuncias sobre ética, sin temor a represalias.

C. Respeto

  • Demostrar capacidad de brindar la atención, cortesía y trato adecuado a cada persona con la cual se relaciona como producto de su trabajo.
  • Guardar respeto entre los compañeros, jefe, colaboradores y terceros. No dar malos tratos de palabra o de obra, a los superiores otros funcionarios, clientes y público en general dentro de la empresa y fuera de esta.
  • Reconocer y valorar las cualidades de los demás, ya sea por su conocimiento, experiencia o valor como personas.
  • Agradecer por el trabajo bien hecho y el esfuerzo extra. 
  • No utilizar la jornada laboral para realizar trabajos personales u otros ajenos a sus deberes y responsabilidades.
  • Evitar el abuso por incapacidades médicas y ausentismo laboral.
  • Respetamos a nuestros colaboradores y terceros y goza de un trato justo, digno y equitativo, siempre en un ambiente de respeto, promoviendo su desarrollo y mejor uso de sus talentos, entregándoles las herramientas y medios para la adecuada ejecución de sus funciones.
  • No permitimos actos de hostigamiento ni acoso laboral o sexual, así como tampoco actos de maltrato físico y/o psicológico que atenten contra la integridad y dignidad de las personas.
  • Nuestra empresa busca ser parte integral de la sociedad en la que está inserta, respetando plenamente todas las normas.

D. Rechazo a las Contribuciones Políticas Directas o Indirectas

  • CORPORACION HODELPE S.A.C. prohíbe realizar contribuciones, donaciones o cualquier tipo de apoyo económico —directo o indirecto— a partidos políticos, candidatos, campañas electorales o funcionarios públicos, ya sea en nombre propio o en representación de la empresa.
  • Ningún colaborador, directivo o tercero podrá utilizar recursos, tiempo, instalaciones o activos de la empresa para actividades de naturaleza política o electoral.
  • Esta prohibición aplica a cualquier forma de apoyo: monetario, en especie, servicios, publicidad o cualquier otro mecanismo que pueda beneficiar a organizaciones o personas con fines políticos.
  • En caso de duda sobre si una actividad califica como contribución política, el colaborador deberá consultar previamente con su jefe inmediato o con el área de Cumplimiento antes de proceder.

E. Contribuciones Caritativas (Donaciones) y/o Patrocinio

  • CORPORACION HODELPE S.A.C. podrá realizar donaciones o patrocinios a organizaciones sin fines de lucro, instituciones educativas, culturales o sociales, siempre que estas actividades sean transparentes, debidamente documentadas y aprobadas por la Gerencia General.
  • Todas las contribuciones caritativas y patrocinios deberán tener un propósito legítimo, alineado con los valores de la empresa, y en ningún caso podrán ser utilizados para encubrir sobornos, pagos indebidos u obtener ventajas comerciales de manera inapropiada.
  • Se deberá verificar que las organizaciones receptoras no estén vinculadas a actividades ilegales, corrupción, financiamiento del terrorismo u otras conductas contrarias a la ética empresarial.
  • Los colaboradores no podrán realizar donaciones o patrocinios en nombre de la empresa sin la autorización previa y por escrito de la Gerencia General.
  • Se llevará un registro de todas las contribuciones y patrocinios otorgados, el cual estará disponible para auditorías internas o externas.

F. Competencia Desleal y/o Anticompetitiva

  • CORPORACION HODELPE S.A.C. se compromete a competir en el mercado de manera leal, ética y conforme a las leyes antimonopolio y de libre competencia aplicables en el Perú y en los mercados donde opera.
  • Está prohibido celebrar acuerdos con competidores para fijar precios, repartir mercados, restringir la producción o coordinar posturas en licitaciones o concursos (colusión).
  • Los colaboradores no deben obtener información confidencial o comercialmente sensible de la competencia a través de medios ilegales, engañosos o contrarios a la ética.
  • Queda prohibido realizar prácticas de competencia desleal, tales como publicidad engañosa, denigración de competidores, imitación de marcas o productos, o cualquier acción destinada a perjudicar ilícitamente a terceros en el mercado.
  • Cualquier duda sobre si una práctica comercial podría infringir las normas de libre competencia debe ser consultada con el área legal o de Cumplimiento antes de ejecutarse.

G. Derechos Humanos

  • CORPORACION HODELPE S.A.C. respeta y promueve los derechos humanos fundamentales reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la legislación peruana vigente.
  • La empresa rechaza de manera absoluta el trabajo infantil, el trabajo forzoso, la trata de personas y cualquier forma de explotación laboral, tanto en sus operaciones propias como en su cadena de proveedores y socios comerciales.
  • Se garantiza la igualdad de oportunidades y la no discriminación por motivos de raza, género, edad, religión, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad u otras condiciones personales protegidas por la ley.
  • Los colaboradores tienen derecho a un entorno laboral seguro, saludable y libre de violencia, acoso y cualquier forma de abuso.
  • La empresa se compromete a identificar, prevenir y mitigar los impactos negativos sobre los derechos humanos que pudieran derivarse de sus actividades, e incorporar la debida diligencia en materia de derechos humanos en sus procesos de gestión. 
  • Se fomentará una cultura de respeto a los derechos humanos a través de la sensibilización y capacitación continua de todos los colaboradores.

H. Trabajo en equipo

  • Actuar en un ambiente de integración, amistad y leal colaboración, donde el espíritu solidario es el factor que permite sumar esfuerzos para multiplicar logros y optimizar el ambiente laboral. 
  • Trabajar unidos bajo los valores de responsabilidad personal y colectiva, en el entendido de que cada una de las actividades que se desarrollan en la institución son indispensables, interdependientes e inciden unas sobre otras.
  • Trabajar por fortalecer la cohesión (unión) del grupo; la transparencia en la comunicación interdisciplinaria; y la capacidad para la toma de decisiones.

I. Honradez

  • Actuar siempre con rectitud y veracidad; cumplir con el correcto proceder en el desempeño de su cargo y en todos sus actos: servicial, oportuno, amable, culto, esmerado, escrupuloso, disciplinado, intachable, pertinente y considerado, cabal, justo, moral.
  • El buen uso y la salvaguarda de activos de CORPORACION HODELPE S.A.C.; entendiéndose a estos como los bienes tangibles, intangibles, documentación e información, es de responsabilidad de todos los colaboradores y terceros de la empresa. Los activos deben ser usados sólo para los intereses legítimos de la misma. Es inadmisible la pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal de los mencionados.
  • Actuar siempre de forma veraz y honrada en el trato, en la relación y en la comunicación con los demás en ambiente laboral: no mentir, no actuar con hipocresía, no promover el chisme y relaciones de desconfianza; evitar y rechazar la crítica negativa. 
  • Es inaceptable que solicitemos, aceptemos, ofrezcamos, prometamos o paguemos sobornos bajo cualquier circunstancia. Asimismo, rechazar todo tipo de acto relativo a la corrupción como delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo, entre otros.
  • Nos comprometemos que la elección de cualquier proveedor será en función de las necesidades de la empresa, siendo elementos principales, la calidad del producto o servicio, el precio, condiciones y la integridad del proveedor, que considerará su compromiso de cumplimiento del código de ética.
  • Se exigirán cotizaciones conforme a las políticas internas, cada vez que se desee contratar algún servicio o producto, eligiendo siempre aquella que mejor se ajuste a lasnecesidades requeridas por la Empresa.
  • Las liquidaciones y facturación deberán reflejar fielmente las transacciones acordadas con nuestros proveedores.
  • Solicitamos que nuestros proveedores cumplan con la legislación laboral y ambiental, y otorguen a sus trabajadores condiciones laborales dignas y seguras.
  • En el caso de los delitos de soborno, cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo y actos de corrupción a funcionarios públicos, serán considerados una infracción grave.
  • Si un colaborador recibe obsequios de una parte interesada, deberá entregarlos al Jefe de Administración y Talento Humano, quien realizará un sorteo aleatorio entre los trabajadores. El Jefe registrará los obsequios en la Matriz de Obsequios Gestionados para documentar a quién se le entregó cada uno. Los obsequios se sortean si su valor es igual o superior a S/. 20. Además, los colaboradores de CORPORACIÓN HODELPE S.A.C. tienen prohibido ofrecer o entregar obsequios, dádivas o favores a terceros con el fin de obtener beneficios personales o corporativos.
  • Todos los colaboradores o tercero, cualquiera sea su función, se comprometen a no divulgar información confidencial sobre nuestros clientes y proveedores, lo cual se respetará aún concluida la relación con éstos, salvo en caso de requerimiento legal. 
  • Todas las personas que forman parte de la organización o se relacionan con ella, deben denunciar de inmediato cualquier acto contrario a la ley, reglamentos, normas y controles internos, o falta al presente Código y que atente contra la integridad de la empresa usando los medios formales como el correo cumplimiento@corporacionhodelpe.pe o de manera anónima a https://corporacionhodelpe.pe/denuncias-anonimas/
  • Ningún acto de denuncia tendrá represalias para quien lo efectúe, a menos que las denuncias sean falsas o efectuadas de mala fe, en cuyo caso podrán ser sancionadas.

J. Respeto por las leyes

  • Todos los colaboradores, terceros y directivos de la empresa deben cumplir las leyes peruanas vigentes y las que apliquen a las actividades de la empresa; atendiendo el espíritu y la finalidad de las mismas y observando en todas sus actuaciones un comportamiento ético.

K. Conflicto de Intereses

  • La selección, contratación, ascensos de todo colaborador responde a una necesidad de la organización y la selección se realiza como consecuencia de la evaluación de sus competencias, potencial, conocimientos e identificación con la cultura de nuestra empresa, dando como ganador el más idóneo para el puesto requerido, sin influencia de ningún tipo.
  • Todos los colaboradores, terceros y directivos deben evitar cualquier actividad que pueda comprometer o aparentar comprometer su juicio u objetividad en el desarrollo de sus deberes en nombre de CORPORACION HODELPE S.A.C. Los colaboradores deben revelar la existencia de cualquier conflicto de interés potencial con el cual estaría directa o indirectamente implicado, presentando un informe escrito de los detalles a su jefe inmediato superior. Este conflicto se da cuando los intereses de las personas sujetas a este Código, o las de su familia o de terceros relacionados, son contrarios, interfieren o pueden interferir en alguna forma con los intereses de CORPORACION HODELPE S.A.C.
  • Se deberá informar a la empresa a través de la declaración jurada de conflicto de interés, las relaciones hasta en un cuarto grado de consanguinidad (cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos, primos, tios y nietos) o afinidad (cónyuges de mis hermanos, hermanastros) que se tengan con colaboradores de la Empresa o de sus Filiales.
  • No debería existir dependencia jerárquica habiendo relación de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad. En caso de tener que participar en decisiones vinculadas a ese familiar, deberá abstenerse.
  • Está prohibido prestar servicios o asesorías a clientes, proveedores, contratistas o competidores de nuestra empresa.
  • En caso se solicite un servicio de alguna empresa contratista vinculada con un colaborador o tercero que preste cualquier tipo de servicio o provea de bienes a la empresa se deberá informar previamente. En ningún caso, podrá recibir algún servicio especial.

Ética y Conducta y dar ejemplo a través de su propio
comportamiento y conducta.
Es obligación de todo el personal poner en conocimiento de su superior algún acto que incumpla
lo descrito en este Código de Ética y Conducta.
Quienes violen el Código de Ética y Conducta, estarán sujetos a sanciones disciplinarias.

6. COMUNICACIÓN, DIVULGACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN

Este Código de Ética y Conducta es un documento público y debe ser de fácil acceso. La ventaja que esto tiene es que quienes son ajenos toman conocimiento de la conducta y comportamiento de quienes forman parte de la empresa. La Compañía pone a nuestra disposición los siguientes medios de comunicación a fin de conducir de manera adecuada el actuar de sus colaboradores o sancionar aquellas conductas que infringen la ley:
Correo electrónico: teescuchamos@corporacionhodelpe.pe
Buzón: https://corporacionhodelpe.pe/esg/

7. VIGENCIA Y APROBACIÓN

Este código entrará en vigor una vez sea aprobado por la Gerencia General y será divulgado inmediatamente.